COYUNTURA

VIGENCIA DE PERMISOS DE CIRCULACIÓN VEHICULAR SERÁ HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE

Los nuevos horarios de circulación vehicular son de lunes a viernes de 06:00 hasta las 20:00; sábado y domingo de 06:00 a 16:00.

La vigencia de los permisos de circulación vehicular otorgados por el Ministerio de Gobierno fue ampliada hasta el 31 de septiembre, tras la promulgación del decreto supremo 4314, que establece la amplicación de los horarios de circulación de lunes a viernes de 06:00 hasta las 20:00; sábado y domingo de 06:00 a 16:00.

“Los permisos de circulación para vehículos particulares emitidos por el Ministerio de Gobierno con anterioridad a la vigencia del presente Decreto Supremo quedan válidos y vigentes hasta el 30 de septiembre de 2020”, establece la disposición. 

La medida se determinó después de la evaluación que realizó el gabinete ministerial junto al comité científico que lidera la presidenta Jeanine Áñez, sobre la emergencia sanitaria de la pandemia, definiendo esta nueva etapa como “transición de la cuarentena a la fase de post confinamiento con vigilancia comunitaria activa de casos de coronavirus”.

Estas decisiones del Gobierno nacional son base para las determinaciones que tomen los Comités de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) o Municipal (COEM), definiendo las particularidades de las medidas y precauciones, de acuerdo a los índices de riesgo que se registre en el municipio, ya sea alto, medio o moderado, según corresponda y como indica el Decreto Supremo.

“Las medidas de postconfinamiento con vigilancia comunitaria activa de casos de coronavirus (COVID-19), podrán ser determinadas por el COED o el COEM, en coordinación con el Ministerio de Salud, Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, Entidades Territorial Autónomas (ETA´s), y otras entidades que correspondan, en función a los índices de riesgo”, dice el texto del artículo 6, parágrafo II.

El servicio del transporte público sea interciudad será determinado por las alcaldías, el transporte interprovincial lo determinará el gobierno departamental y el transporte interdepartamental será coordinación con la entidad correspondiente del Gobierno nacional.

FUENTE: OPINIÓN

https://www.opinion.com.bo/articulo/pais/vigencia-permisos-circulacion-vehicular-sera-30-septiembre/20200828145033784390.html

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